Ley de partidos prohíbe el uso de bebidas alcohólicas en la campaña electoral


El reglamento para la aplicación de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos en las primarias simultáneas establece que busca evitar los actos de violencia en la precampaña, al prohibir el consumo y o distribución bebidas alcohólicas “ni otras sustancias con efectos alucinógenos y con propiedades tóxico maniacas, a los participantes de movilizaciones casa por casa, manifestaciones o concentraciones públicas en lugares cerrados”.

Advierte que no se debe tirar piedras, ladrillos o cualquier otro objeto que dañe o ponga en riesgo la integridad física o salud de las personas o inmuebles que estén ubicados en la ruta de las manifestaciones, ni provocar con palabras o hechos, incidentes frente a las autoridades.

Además prohíbe portar armas de fuego, objetos contundentes (hierro, madera, palos u otro material), ni armas blancas u objetos corto punzantes en actividades de precampaña.

Se ordena no dañar ni golpear los vehículos de transporte público ni privado que se encuentren estacionados o estén transitando por donde transcurran las actividades de casa en casa o de este tipo.




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